
02/09/2002 Demanda de ilegalización de Batasuna presentada por el Gobierno español ante el tribunal Supremo.
(viene de pág. anterior)
QUINTO.- ACCIONES Y CONDUCTAS DEL "ÉNTRAMADO BATASUNA" TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY.
Sin perjuicio de que la trayectoria apuntada ha de ser, según queda justificado en térmihos jurídicos, elemento determinante para la declaración de ilegalidad, es decisivo, sin embargo, también centrarse en los hechos acaecidos tras la promulgación de la citada LOPP. Existen pruebas abundantes de que la trayectoria de vulneración sistemática de los principios democráticos se mantiene y se ratifica en todos sus términos tras la entrada en vigor de la LOPP.
Se destacan, a continuación, los hechos jurídicamente más relevantes en los que el "entramado batasuna" incurre en grave vulneración de tos principios democráticos tras la entrada en vigor de la LOPP, es decir, todos aquellos acaecidos desde el 29 de junio de 2002 hasta la fecha. Gran parte de ellos han sido mencionados ya en el hecho anterior como acreditativos de lo que en él se demuestra. Todos ellos son, en todo caso, infracciones concretas y específicas de lo previsto en la Ley Orgánica de Partidos Políticos. Singularmente es en eJ artículo 9 donde se establece una enumeración detallada de conductas.
Con el fin de facilitar el encuadre de los hechos, se procede a detallar las conductas de conformidad con los diferentes apartados de la Ley:
a) Dar "apoyo político expreso o tácito al terrorismo, legitimando las acciones terroristas para la consecución de fines políticos, al margen de los cauces pacíficos y democráticos, o exculpando y minimizando su significado y la violación de derechos fundamentales que comporta" (ArtícuLo 9.3, a)
a.1 Como se ha puesto de manifiesto en e! hecho anterior, una forma directa de apoyar políticamente a la organización terrorista ETA es la de ensalzarla públicamente.
a.1.1. El acta notarial de 13 de agosto de 2002 (anterior documento 19) es expresiva de un vídeo perteneciente a la página web de esta formación política, referida en el hecho cuarto, punto 3.1.1., en el que se profieren gritos a favor de ETA militar, y encapuchados al modo usual de presentarse los miembros de esta organización terrorista ante los medios de comunicación, reparten octavillas de propaganda. La página web estaba accesible con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley.
a.1.2. Asimismo Lo son fas declaraciones del concejal de Batasuna en el Ayuntamiento de San Sebastián, Íñigo Balda, al término de la manifestación multitudinaria convocada por esta formación política, a favor de ETA, también citadas en el hecho cuarto, punto 3.1.3., de fecha 11 de agosto de 2002, (aportado como anterior documento n°30).
a.2. Una segunda forma de dar cobertura política al terrorismo de ETA, como se ha puesto de manifiesto en el hecho tercero, es la presentación de sus atentados por los responsables y representantes del "entramado batasuna", como la consecuencia de un conflicto político.
a.2.1. Según consta en el hecho cuarto 3.2.1 y se acredita con el documento n° 32, todo el conjunto de las declaraciones del portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi al día siguiente del atentado de Santa Pola, presentan el atentado como una "consecuencia dolorosa" de la falta de solución de un "conflicto político" y el mantenimiento de una política que "conduce a ninguna parte", agregando que lo "grave de e/lo es que además de alargar el conflicto no lo va a solucionar".
También en esa misma línea de justificar p01 íticamente fa violencia terrorista, Arnaldo Otegi apuntó que las muertes "deberían haberse evitado" y "son posibles de evitar si realmente entre todos somos capaces de racionalizar un conflicto que dura dos siglos y somos capaces de construir entre todos una alternativa sin vencedores ni vencidos, que reestablezca las coordenadas democráticas en nuestro país".
a.2.2. El mismo mensaje se contiene en la posición mantenida por el representante de Batasuna, Antton Morcillo, en la reunión del 7 de agosto de 2002 de la Junta de Portavoces del Parlamento Vasco convocada por su Presidente para condenar este atentado (anterior documento n° 34). En tal ocasión, el Sr. Morcillo presentó un texto en el que separándose de la condena del resto de los grupos políticos, manifestó que "la causa del doble asesinato debe atribuirse a la situación de conflicto que vive Euskal-Herria". Después de la reunión de la Junta de Portavoces el mismo representante manifestó que "el conflicto armado es una expresión dolorosa del conflicto político".
a.2.3. La declaración de Joseba Álvarez, miembro de la llamada mesa nacional de Batasuna en la que advierte al Presidente del Gobierno que "si quiere diálogo y acuerdo, la izquierda abertzale le responderá con acuerdo y diálogo pero si quiere guerra, la izquierda abertzale y EuskalHerría le responderán con la lucha" y auguró un "otoño negro y duro", aportado antes como documento n° 35.
a.2.4. El propio Arnaldo Otegi el pasado 21 de agosto (anterior documento n° 33), afirmó que si el Ejecutivo de lbarretxe utilizaba los medios de que disponía, en referencia a la Ertzaintza, para "golpear" a Batasuna o cerrar sus sedes, ello "nos llevaría a un escenario que no deseamos" de "colaboración" nacionalista con "la estrategia genocída de! Estado español":
a.2.5. Las declaraciones de Josu Ternera, ex dirigente de ETA y diputado de Batasuna, en una entrevista a "Egunkaria" el día 23 de agosto de 2002, aportados como documento n° 36, en las que afirma que "el asunto no es condenar las acciones de ETA. ETA no es el promotor de la lucha armada por capricho, sino la organización que ve la necesidad de utilizar todos los instrumentos para hacer frente al Estado":
a.3. También constituye una forma habitual de dar el "entramado batasuna" apoyo político a las acciones terroristas de ETA no condenar expresamente las mismas. Una muestra reciente, clamorosa y significativa de ese apoyo político, es su negativa expresa y generalizada a condenar el atentado de Santa Pola. Es expreso y generalizado porque todas las declaraciones de los representantes del entramado y las acciones políticas llevadas a cabo por sus distintos grupos parlamentarios y municipales se producen en idéntico sentido. Así:
a.3.1. La Junta de portavoces del Ayuntamiento de Vitoria Gasteiz, reunida el 5 de agosto de 2002, adoptó, ante el atentado cometido por ETA en la ciudad Alicantina de Santa Pola un acuerdo de condena, en el que se expresaba las condolencias a los familiares y amigos de las víctimas, "La enérgica condena de la banda terrorista ETA y el rechazo sin ningún tipo de paliativo del vil atentado perpetrado por los asesinos de ETA", "el compromiso de aislar y cerrar cualquier espacio a los terroristas y a sus cómpilces" así como que «Todos los partidos democráticos debemos establecer como primer objetivo combatir el terror, arrinconar a los criminales y defender la libertad y los derechos individuales desde la unidad ysin vacilaciones". El Acuerdo es suscrito por el Grupo municipal Popular, el Grupo municipal PNV/EA, el Grupo municipal PSEIEE, el Grupo municipa’ UA y el Grupo municipal lU. Sin embargo, no es suscrito por el Grupo municipal EH. Se adjunta copia de dicho Acuerdo (documento núm. 48)
a.3.2.. La Junta de Portavoces del Ayuntamiento de San Sebastián, reunida el 5 de agosto de 2002, aprobó la propuesta de condena del atentado presentada por los Grupos PSE-EE, EA-PNV y PP en la que se manifiesta en el sentido de "Condenar rotundamente esta acción criminal de ETA qüe ha causado la muerte de dos personas, entre ellas una niña de corta edad", "Transmitir el pésame, cariño y solidaridad a las familias", "Exigir a ETA su disolución" y "Llamar a las y los donostiarras a participar en los actos de protesta convocados" La condena fue aprobada por todos los presentes (Grupos PSE-EE, EA-PNV y PP) excepto por el representante del Grupo Donostiako Sozialistak Abertzaleak, en el que se integra Batasuna. Se adjunta copia de dicho Acuerdo (documento núm. 49)
a.3.3.- La Mesa y la Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra, con fecha 5 de agosto de 2002, ha acordado, con relación a dicho atentado, "Expresar la rotunda condena" y "Manifestar la solidaridad y sentimiento de pesar’ sin que, nuevamente, dicho Acuerdo haya sido respaldado por los Parlamentarios de Batasuna. Se acompaña copia de dicho acuerdo (documento 50).
a.3.4. El Pleno del Ayuntamiento de Pamplona con fecha 5 de agosto de 2002, aprobó la condena del citado atentado, con el voto favorable de los representantes de todos los grupos, excepto los representantes de Batasuna. Se acompaña copia de dicho acuerdo (documento 51).
a.3.5. En la Junta de Portavoces del Parlamento Vasco del 7 de agosto de 2002, convocada por su Presidente en reacción al mismo atentado, (anterior documento n° 34), todos los partidos, a excepción del representante de BATASUNA Antton Morcillo, condenaron este atentado. Con tal ocasión se llega a afirmar por el Sr. Morcillo que la no condena de los atentados de ETA son un signo de identidad de su formación política.
a.4. Dentro de este contexto, ratifica el hecho de que presentan como un conflicto político lo que en realidad es terrorismo, el que constantemente consideran a los presos condenados por delitos de terrorismo, como presos políticos, víctimas de la situación de conflicto que se vive.
a.4.1. El Alcalde de Batasuna en Lezo, Aitor Sarasola, y el concejal del mismo partido, Mikel Mitxelena, fueron detenidos por la Ertzaintza en la citada localidad, el 13 de julio de 2002, en el curso de una manifestación de apoyo a los presos condenados por clefltos de ETA. Se acompaña dossier (documento n° 52).
a.4.2 .La actitud del Alcalde de Batasuna de Ondarroa, Loren Arkotxa, ante la posible entrega por las autoridades francesas a las españolas del miembro de ETA, Kepa Badiola, manifestó, en declaraciones al periódico Gara del 3 de agosto de 2002, que la situación de tal detenido "se enmarca en el contexto de represión contra el movimiento abertzale" y ofreció su respaldo al preso y a su familia, "así como a todos aquellos que están en Ja misma situación". Se acompaña dossier ( documento n° 53).
a.5. Las declaraciones de sus dirigentes, incurriendo en la conducta prevista en el artículo 9.3.a), tales como:
a.5.1. Las declaraciones del Concejal de Batasuna de Lasarte, Zigor Iriondo, recogidas en Gara dei 31 de julio de 2002, con ocasión de una manifestación que exigía el "fin del fascismo" minimizando los hechos acaecidos en relación con la Alcaldesa de Lasarte. Se acompaña dossier ( documento n° 54).
a.5.2. La actuación de 18 de julio de 2002 del Alcalde de Ondarroa de Batasuna, Loren Arkotxa, que colocó en su mesa durante el Pleno carteles con los lemas "Fascismo no. llegalización no. Democracia sí". Se acompaña dossier de información (documento n° 55)
a.5.3. Las declaraciones del portavoz de Batasuna en el Ayuntamiento de Vitoria, José Enrique Bert, el 19 de julio de 2002 en las que manifiesta que no aspira a que ETA deje de matar. Se acompaña dossier de información (documento n°. 56)
b) Acompaña "la acción de la violencia con programas y actuaciones que fomentan una cultura de enfrentamiento y confrontación civil, ligada a la actividad de los terroristas, o que persiguen intimidar, hacer desistir, neutralizar o aislar socíalmente a quienes se oponen a la misma, haciéndoles vivir cotidianamente en un ambiente de coacción, miedo, exclusión o privación básica de las libertades, y, en particular, de la libertad para opinar y para participar libre y democráticamente en los asuntos públicos". (Artículo 9.3, b)
Dentro de este segundo grupo de actividades cuya realización reiterada permite entender que el denominado "entramado batasuna" vuinera las libertades y derechos fundamentales o fomenta la violencia como método para la consecución de objetivos políticos o complementa la acción terrorista de ETA, pueden se ñ al a rse:
b.1. Las declaraciones de sus dirigentes invocando una actitud de "guerra" para contestar la aprobación por las Cortes de la LOFP 6/2002.
b.1.1. Las declaraciones de Arnaldo Otegi el día 3 de julio de 2002, quien, tras conocer el Auto del Juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón lo calificó de "grave y antidemocrático", haciendo un Elámamiento a la sociedad vasca "responder con contundencia ante esta agresíón" Se acompaña dossier de información (documento n° 57).
b.1.2. El día 16 de julio de 2002, Batasuna convocó una manifestacíón ante la Comandancia de Marina de San Sebastián. El concejal portavoz de Batasuna, Josetxo lbazeta, declaró que la coñcentración de militantes tenía por objeto, "decirles a las autoridades estatales que no podrán pasear con impunidad por Euskal Herria". Se acompaña dossier de información (documento n° 58).
b.1.3. El mismo Arnaldo Otegi, en su comparecencia ante los medios de comunicación tras el atentado de Santa Pata, (anterior documento n° 32) avanzó un paso mas en la exculpación de ETA. En estas declaraciones el dirigente del "entramado batasuna", en un claro y evidente ataque a las instituciones democráticas y a quienes las representan, responsabíliza al Presidente del Gobierno español del mismo atentado, afirmando que "es responsable en primera persona de lo que está ocurriendo", lanzando una verdadera amenaza de nuevas acciones criminales al señalar que será igualmente responsable "de lo que puede ocurrir en el futuro".
b.1.4. En línea semejante, los medios de comunicación del 12 de agosto de 2002, recogen (algunos de ellos en portada) la declaración de Joseba Álvarez, miembro de la Mesa Nacional de Batasuna en la que advierte al Presidente del Gobierno que "si quiere diálogo y acuerdo, la izquierda abertzale le responderá con aóuerdo y diálogo pero si quiere guerra, la izquierda abertza!e y EuskalHerria le responderán con la lucha" y auguró un "otoño negro y duro" Así figura en el dossier de información antes acompañado como documento no 35.
b.1.5. El pasado día 21 de agosto, en las declaraciones realizadas por el dirigente Arnaldo Otegi y que han sido acompañadas como documento n° 33, calificó al Magistrado, Sr. Garzón de "marioneta" al servicio del Estado y proclamó que el pueblo vasco "va a organizarse y a pelear" para que "nunca mas un señorito fascista españo!’ pueda decir a los vascos qué tienen que aprender ni cómo tienen que ser sus instituciones.
b.1.6. En esas mismas declaraciones y en una clara y evidente amenaza a las instituciones democráticas, advirtio el señor Otegi, en relación al Gobierno Vasco que "no se les ocurra utilizar los mecanismos de que dispone para golpear a Batasuna y para cerrar sus sedes y, en definitiva, para colaborar con una estrategia genocida del Estado español" ya que si así fuera "tendrá cumplida respuesta ".
b.2. Igualmente son constitutivas de la actividad descrita en este apartado 9.3.b) todas las acciones de violencia o intimidación llevadas a cabo por representantes ‘del "entramado batasuna" contra parlamentarios y electos locales de otras formaciones políticas, señaladamente del Partido Popular y del Partido Socialista Obrero Español, que han sido y son objeto continuo de atentados por parte de ETA, causando en muchas ocasiones su muerte o graves lesiones, como es notorio.
b.2.1. La violencia ejercida sobre la Alcaldesa de Lasarte, D Ana Urchueguia por los concejales Zigor Iriondo y Aiora Zulaika, (más conocida como la payasa Pirritx) y por simpatizantes de Batasuna, insultándola e impidiéndole, en definitiva, ejercer con normalidad sus funciones en fecha 29 de junio de 2002. En estos hechos se produjeron tres acciones singularmente violentas:
- Impedir a la Alcaldesa de Lasarte, legítima representante con mayoría absoluta de los ciudadanos, pudiera asomarse al balcón del Ayuntamiento.
- Usurpar la representación de la Alcaldesa y proceder dos concejales, miembros de Batasuna, en clara minoría en el consistorio a aparecer en lugar de la Alcaldesa en el balcón del Ayuntamiento profiriendo gritos de apoyo a miembros de ETA.
- Colocar en el balcón del Ayuntamiento panartas a favor de miembros de ETA.
Se acompaña dossier de información (documento n° 59).
b.2.2. Frente a las amenazas sufridas por los ediles del partido Socialista en el Ayuntamiento de Amorebieta, los representantes de BATASUNA se negaron a suscribir la moción de condena aprobada por el Ayuntamiento y el resto de grupos.
Se acompaña dossier de información (documento n° 60).
b.3. Asimismo lo son las conductas que fomentan el ambiente de coacción, miedo, exclusión y privación de derechos y libertades en que se vive, rechazando sumarse a cualquier iniciativa democrática contra las actividades de intimidación y violencia y a favor de las víctimas de esta intimidación.
b.3.1. Negativa de los representantes del "entramado batasuna" a suscribir el Manifiesto Institucional en Defensa del derecho a la Vida, la Libertad y la Seguridad de todas las Personas, presentado el 10 de julio de 2002 por EUDEL y hecho por los responsables del Gobierno, Diputaciones y Ayuntamientos vascos, como expresión de la voluntad mayoritaria de los ciudadanos y ciudadanas que representan, en el que se contiene el compromiso permanente con la justicia y la defensa de los derechos humanos y las libertadas de todas y cada una de las personas, sin distinción y sin discriminación alguna por sus ideas civiles, políticas o religiosas, por razón de sexo o estado civil, o por su condición de personas encarceladas, incluso acusadas de graves delitos, así como el compromiso de actuación conjunta para desarrollar cuantas iniciativas políticas, sociales y de seguridad sean precisas para que ninguna fuerza política quede excluida, por presión de la violencia, de poder estar representadas en las Instituciones para defender democráticamente sus proyectos.
Se acompaña dossier de información (documento n° 61).
b.3.2. El 3 de julio de 2002, la parlamentaria de BATASUNA Jone Goiricelaya, rechazó condenar la situación de amenaza en que se encuentran los Concejales y Alcaldes vascos.
Se acompaña dossíer de información (documento n° 62)
b.3.3. La negativa de los concejales de Batasuna del Ayuntamiento de Rentería de 16 de julio de 2002 a condenar las descalificaciones y vejaciones provenientes del "entorno batasuna" contra concejales vascos. (documento n° 63)
c) Incluye" regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas y mantener un amplio número de sus afiliados doble militancia en organizaciones o entidades vinculadas a un grupo terrorista o violento salvo que hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión". (artículo 9.3.c)
Como ha quedado acreditado en el hecho cuarto, a través del documento anterior n° 24, el "entramado batasuna" tiene en sus órganos directivos, en sus listas electorales y entre sus militantes un significativo número de personas condenadas por delitos de terrorismo, sin que a lo largo de la historia y sobre todo tras la entrada en vigor de la Ley se haya adoptado ninguna medida dirigida a apartar a estas personas de la vida política de Batasuna.
d) Utilizan "como instrumentos de la actividad del partido, conjuntamente con los propios o en sustitución de los mismos, símbolos, mensajes o elementos que representen .o se identifiquen con el terrorismo o la violencia y con las conductas asociadas al mismo". (artículo 9.3, d)
Consta acreditado a través de diferente material documental, que se aporta, la utilización reiterada por el "entramado batasuna", de símbolos y mensajes de la organización terrorista ETA en Instituciones y actos públicos.
De igual manera tanto en los municipios gobernados por HB como en las sedes y locales del partido se exhiben con carácter permanente, junto a los símbolos propios, fotos de terroristas condenados, símbolos de la organización terrorista y mensajes reiterados que ensalzan la lucha armada, que apelan a la confrontación contra el Estado democrático, estimulan la violencia, etc.
En efecto, en dichos documentos se demuestra como en los Ayuntamientos de Hernani, Astigarraga, Villabona, Anzula, Cestona, Ibarra, Motríco, Oyarzun, Pasajes, Zaldibia, Aulesti, Lequeitio, Ondarroa o Durango entre otros, aparecen colgadas pancartas con carácter permanente y oficial en la balconada de la fachada principal del Ayuntamiento, que suponen apoyo a delincuentes terroristas Es habitual que se les denomine "presos vascos", como si su condición de condenados por la Justicia en aplicación del Estado de Derecho correspondiera exclusivamente a la Comunidad Autónoma que constituye su lugar de residencia, nacimiento o actividad. Se da a entender, con esta tergiversación, que los crímenes cometidos son legítimos, se honra a quienes los cometen, se exaltan sus graves consecuencias al considerar con tales pancartas, oficialmente exhibidas, que esos delincuentes condenados por gravísimos crímenes no son tales, sino que son "héroes" que actúan en nombre de una organización a la que ese Ayuntamiento presta su apoyo institucional y político.
De igual manera se recogen abundantes pancartas o pintadas o carteles que llaman a la lucha contra el Estado, contra España, contra los partidos democráticos Partido Popular y Partido Socialista Obrero Español y sus miembros, etc.
De entre todo el material gráfico que se adjunta, y que en su conjunto pone en evidencia cómo, allí donde Batasuna gobierna, la actividad terrorista está presente, legitimada e incluso ejercida generando miedo, presión o chantaje sobre el conjunto de la población, merece destacarse:
d.1) Como consta en el Acta Notarial autorizada el 12 de agosto de este año, en el municipio de Hernani, cerca del Ayuntamiento, cuelga una pancarta de enormes dimensiones en la que figura la palabra ETA con el hacha y la serpiente, símbolo de esta organización terrorista, sin que la autoridad municipal haya hecho nada por retirarlo. Más bien al contrario, en las fotografías números 1 y 2 de dicha Acta Notarial puede comprobarse cómo se exhiben oficialmente en el balcón municipal, hasta un total de 9 fotografías correspondientes a condenados o detenidos por crímenes de terrorismo y a los que el Ayuntamiento les da el mencionado tratamiento de "presos vascos": Andoni Murga Cenarruzabeitia, Fernando Alonso Abad, Pedro Aira Alonso, José Javier Zabaleta Elósegui, José María Olano Olano, Inmaculada Noble Goicoechea, José Antonio Pagola Cortajarena, Francisco Lujambio Galdenao y Javier Arnaiz Echevarría.
d.2) Notorio es también el monumento de homenaje a ETA en Astigarraga, cuya fotografía figura acompañada a esta demanda, y que es mantenido por las autoridades municipales y que no han dado orden ninguna para que se proceda a su retirada. Dicho monumento en una placa de bronce de considerables dimensiones contiene el hacha y la serpiente de la banda terrorista ETA.
En la misma localidad aparece una placa a modo de las que dan nombre oficial a una calle, en la que aparecen los nombres de dos miembros de la banda terrorista ETA, junto al anagrama del hacha y la serpiente, que hace suponer que dicha placa pudiera haber sido puesta por el propio Ayuntamiento. En todo caso, toda vez que se está dando denominación a una vía pública, la autoridad municipal tendría la obligación de proceder a la retirada de lo que es un acto de homenaje al terrorismo.
d.3) Notorio es también que en la ikastola de la localidad de Villabona cuelgan pancartas de apoyo a ETA e incluso en su patio interior, como se advierte en la fotografía también acompañada que se adjunta, existe un mural de grandes dimensiones de homenaje a presos condenados por su actividad terrorista en ETA.
d.4) Especialmente ofensivo resulta que en la fachada del Ayuntamiento de Anzuola ( fotografía número 5) se exhiba oficialmente una fotografía de grandes proporciones en homenaje al miembro de ETA José Luis Erostegui Bidaguren, miembro del Comando Goiherri, que mantuvo secuestrado en las salvajes condiciones que quedan grabadas en la memoria colectiva de todos los españoles, a José Ortega Lara.
d.5) En el Ayuntamiento de Cestona (fotografía número 9) cuelga oficialmente una enorme pancarta en la que, con expresiones agresivas, se simboliza que eh régimen democrático español debe ser tirado a la basura. En el mismo Ayuntamiento se exhibe otra pancarta, firmada por Batasuna, en la que figura una caricatura con la imagen del presidente del gobierno, José María Aznar y de un guardia civil con la leyenda "Faxismoari Stop". En el mismo Ayuntamiento se exhibe una fotografía de los miembros de ETA Juan José Ugarte Zincunegui y María Iciar Arrizabalaga, actualmente en prisión, con la leyenda "Askatu bahiturik" cuya traducción es "Libertad secuestrados", es decir, se califica de secuestro la aplicación del Estado de Derecho.
d.6) En la fachada del Ayuntamiento de Ibarra (fotografía número 13) permanece una gran pintada que simboliza una diana en cuyo centro aparece el nombre del magistrado de la Audiencia Nacionaí Sr. Garzón. En esta misma localidad aparece una pintada de grandes dimensiones el fa que se lee "zuena da terrorismoa faxistak kampora", cuya traducción es "el terrorismo es vuestro, fascistas a la calle".
d.7) En el Ayuntamiento de Motrico (fotografía número 19) cuelga una pancarta junto a manifestaciones a favor de presos, al lado de otra de manifestación de homenaje a terroristas de ETA, en la que se dice "Dejarnos en paz en Euskalerría" y otro pancarta en la que se dice "Presos de Euskadi a casa".
d.8) En el Ayuntamiento de Oyarzun (fotografía número 21), se exhiben en grandes dimensiones 10 fotografías de terroristas de ETA.
d.9) En Pasajes de San Juan (fotografía número 22) cuelga una pancarta, firmada por Batasuna, en la que junto con la leyenda "Faszismoa Stop" recoge 1 as fotografías del Presidente del Gobierno José María Aznar, del Juez Baltasar Garzón, del Presidente del Grupo Parlamentario del Partido Popular Jaime Mayor Oreja y del Secretario General del Partido Socialista Obrero Español José Luis Rodríguez Zapatero, con una expresión gráfica que simboliza la identificación de éstos con el nazismo y un personaje que lo arroja a un cubo de basura.
d.10) En la fachada del Ayuntamiento de Zaldibia (fotografía número 26) se exhibe una pancarta en la que se proclama que el régimen democrático español debe ser tirado a la basura.
d.11) En el Ayuntamiento de Aulesti (informe de la Brigada Provincial de información de Bilbao), se exhibe una pancarta que proclama que el régimen democrático español debe ser tirado a la basura.
d.12) En el Ayuntamiento de Lequeitio (documento anterior y Acta Notarial de 12 de agosto de 2002) cuelga una pancarta de homenaje a cuatro terroristas con la leyenda "El pueblo no perdonará".
d.13) En el Ayuntamiento de Durango, (Acta Notarial de 12 de agosto de 2002) junto a distintos carteles exhibidos en la propia fachada del Ayuntamiento a favor de los presos terroristas, se exhibe también un cartel en el que aparecen en grandes dimensiones la serpiente que simbofiza a la banda terrorista ETA.
d.14) En Ondarroa (Acta Notarial de 12 de agosto de 2002), en una de las fachadas laterales del Ayuntamiento, hay un cartel de un tamaño de unos dos pisos de altura de exaltación de los presos terroristas. En la fachada de otras dependencias municipales hay también un cartel de apoyo a Los terroristas, así como una gran pancarta con el sello de ETA en homenaje a la terrorista Olaia Castresana, que murió mientras manipulaba una bomba en Torrevieja (Alicante)
Todos estos hechos quedan acreditados en las actas notariales que se acompañan como documentos n° 64 al 72, así como el informe de la Guardia Civil en la• que se recogen fotos de terroristas (documento 15 a) y así en el informe de la Dirección General de la Policía, de 9 de agosto de 2002 (documento n° 73).
e) Ceden "en favor de los terroristas o de quienes colaboran con ellos los derechos y prerrogativas que el ordenamiento y concretamente la legislación electoral conceden a los partidos políticos. (artículo 9.3, e)
Como ha quedado acreditado en e! hecho anterior según Auto de 26 de agosto de 2002 aportado como documento n° 42, la organización terrorista ETA dispone de los datos que obrantes en el censo electoral y que le son suministrados como consecuencia del privilegio que ostentan los partidos políticos a acceder a dicho documento en base a la Ley electoral.
f) Colabora " habitualmente con entidades o grupos que actúan de forma sistemática de acuerdo con una organización terrorista o violenta, o que amparan o apoyan al terrorismo o a los terroristas" (artículo 9.3, f).
Clara manifestación de esta conducta lo constituye el que los municipios gobernados por el "entramado batasuna" de manera sistemática exhiben en las fachadas de los Ayuntamientos el anagrama de " Gestoras por Amnistia", oficializando de esta manera su colaboración con una organización que, por su participación en el entramado terrorista, fue declarada ilegal por Auto de 19 de diciembre de 2001 deI Juzgado Central de Instrucción n° 5 de la Audiencia Nacional.
En esta línea de constante colaboración y apoyo político del partido a la organización terrorista, puede citarse la actividad del Área de Relaciones Internacionales de HERRI BATASUNA auxiliando y respaldando a miembros de E.T.A. huidos o deportados en otros países, así como las organizaciones que los apoyan. Es suficientemente explícito en este sentido el informe de la Unidad Central de Información de la Polícia Nacional aportado como documento n° 15 b) en el que se pone de manifiesto la permanente actividad internacional de representantes del " entramado batasuna" prestando labores de apoyo a los condenados o prófugos de la justicia por haber participado en acciones terroristas de ETA y que se encuentran en el extranjero.
En este sentido podemos des con posterioridad a la entrada en vigor de la LOPP, de una delegación de Batasuna se trasladó a Venezuela el pasado 10 de julio para trasladar a las autoridades de la República de Venezuela las resoluciones de cinco Ayuntamientos vascos a favor de presos etarras, respecto de los que España ha pedido la extradición.
Se acompaña dossier de información (documento n° 74).
g) Apoya "desde las instituciones en las que se gobierna, con medidas administrativas, económicas, o de cualquier otro orden a las entidades mencionadas en el párrafo anterior" (artículo 9.3, g).
En este apartado, además de reproducir las conductas del apartado anterior, podemos señalar, como ejemplo del apoyo institucional que el "entramado batasuna" presta a la organización terrorista ETA y las organizaciones que le apoya, puede señalarse la continua actividad a favor de los presos y condenados por la comisión de atentados criminales y actividades de colaboración con dicha organización. Podemos citar:
g.1. Los contenidos de las páginas web de los Ayuntamientos de Astigorraga y de Oiartzun de apoyo a los presos y condenados de ETA.
Se acompañan como documentos n° 75 y 76.
g.2. En la página web del Ayuntamiento de Zestoa el Alcalde en una carta muestra su apoyo a los " hijos del pueblo" que han cometido actos de terrorismo. (Documento n° 77)
h) Promueve, da cobertura y participa "en actividades que tengan por objeto recompensar, homenajear, o distinguir las acciones terroristas o violentas o a quienes las cometen o colaboran con las mismas" ( artículo 9.3, h).
Son múltiples los actos que desde el 29 de junio del 2002 viene realizando el "entramado batasuna" en las que se recompensa, homenajea y distingue a responsables de acciones violentas. Una buena muestra de ello son los sucesos siguientes:
h.1. Participación del Alcalde de Lezo, miembro de Batasuna, en una manifestación de apoyo a terroristas el 13 de julio de 2002.
Documento anterior n° 52
h.2. Participación del Alcalde y de un concejal de Batasuna de Ondarroa, ambos de EH, en un acto de apoyo al condenado por terrorismo Kepa Badiola el 3 de julio de 2002.
Documento anterior n° 53
h.3. Participación de Arnaldo Otegi, portavoz de Batasuna, en el acto de homenaje a presos condenados y terroristas fallecidos celebrado el 19 de julio de 2002 en las Campas de Albergui.
Se acompaña dossier de información (documento n° 78)
h.4. Actos de homenaje en la plaza del Ayuntamiento de Berango, gobernado por Batasuna, el 19 de julio de 2002, a presos acusados de terrorismo.
Se acompaña dossíer de información (documento n° 79 )
h.5. Admisión de una querella por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por actos de homenaje a etarras fallecidos contra dos miembros de Batasuna el 9 de julio de 2002. (documento n° 80)
i) Da cobertura " a las acciones de desorden, intimidación o coacción social vinculadas al terrorismo o la violencia". (artículo 9.3,i)
En este grupo se comprenden las conductas, ya acreditadas en los apartados anteriores, de los dirigentes y responsables de los partidos políticos que integran el denominado "entramado batasuna" que dan cobertura política a las acciones terroristas de ETA, presentándolas como la expresión armada de un supuesto conflicto político y aquellas otras, fiel consecuencia de lo anterior, que suponen tratar a los miembros de la organización criminal detenidos o condenados como presos políticos y exigir su liberación o su traslado a establecimientos penitenciarios del País Vasco. Por último, también en este apartado se contemplan las relaciones de HB, EH y Batasuna con el entramado de financiación de ETA.
Es necesario hacer referencia en este punto a que la cobertura es recíproca. El "entramado batasuna" se la presta a ETA y ETA al "entramado batasuna". A estos efectos, cabe destacar el comunicado remitido por ETA en la noche del día 13 de agosto de 2002 a la emisora vasca Euskadi Irratia amenazando a todos los partidos políticos que, ante el anuncio de la convocatoria de un Pleno extraordinario del Congreso de os Diputados para debatir una moción instando al Gobierno a que solicite la declaración de ilegalidad de los partidos que integran el denominado "entramado batasuna", voten a favor o se abstengan respecto de dicha moción. (anterior documento n° 47).
SEXTO- A efectos de prueba de todos los hechos anteriores, quedan designados los archivos de las Instituciones, órganos administrativos y judiciales de donde proceden o se encuentran los documentos que se acompañan a esta demanda.
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